Noticia | Mesa de Redacción
Semarnat publicó las fechas por destino para 2026–2027; Michoacán figura entre las áreas autorizadas.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales dio a conocer el calendario de observación de ballenas para la temporada 2026–2027 en nueve estados del Pacífico mexicano. El aviso, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de octubre, establece periodos distintos por zona: no hay una fecha única de apertura para todo el país.
Para quienes preparan un viaje, la diferencia es importante. Que un destino aparezca en el calendario no significa que las excursiones puedan comenzar desde noviembre. La fecha aplicable depende del área específica donde se realizará la actividad, no solamente del estado o del nombre comercial del recorrido.
Las fechas cambian según la costa
En las áreas señaladas de Nayarit y Jalisco, incluidas las de Bahía de Banderas, el periodo va del 8 de diciembre de 2026 al 23 de marzo de 2027. Para la zona Mazatlán–Teacapán, en Sinaloa, también comienza el 8 de diciembre, pero concluye el 31 de marzo.
En Baja California, la zona de Ensenada indicada en el documento tendrá temporada del 1 de enero al 15 de mayo de 2027. Puerto Peñasco, Sonora, operará del 1 de enero al 30 de abril. Baja California Sur requiere una revisión por localidad: algunas áreas comienzan en diciembre y otras en enero.
Michoacán aparece con el área comprendida entre Barra de Nexpa y Playa Jardín, en el municipio de Lázaro Cárdenas. Allí el periodo será del 15 de diciembre de 2026 al 20 de marzo de 2027. Esas mismas fechas corresponden a las áreas de Guerrero enumeradas en el aviso.
En Oaxaca también hay diferencias internas. Puerto Ángel–Mazunte tendrá temporada del 15 de diciembre al 31 de marzo; las zonas descritas de Puerto Escondido y Huatulco terminarán el 21 de marzo. Confundir esas fechas podría llevar a reservar fuera del periodo previsto para el sitio elegido.
El calendario no sustituye los permisos
El aviso exige apegarse a los permisos correspondientes y a la NOM-131-SEMARNAT-2010. Por ello, la inclusión de una zona no equivale a autorizar automáticamente a cualquier embarcación o prestador. Antes de contratar, conviene solicitar al operador la información que identifique su autorización y el área del recorrido.
También existen zonas restringidas, algunas por presencia de hembras con crías y otras por navegación excesiva. El documento describe polígonos y franjas que no deben confundirse con las áreas abiertas a la observación. Estar dentro de la temporada no elimina esas restricciones.
La comprobación útil antes de pagar consiste en cruzar tres datos: localidad exacta, fecha de salida y autorización del servicio. El calendario oficial permite verificar los dos primeros; no ofrece precios, disponibilidad comercial ni una garantía de avistamiento. Esos elementos deben confirmarse por separado, sin atribuirlos al anuncio de Semarnat.
Fuente: Aviso oficial de Semarnat: áreas, fechas y restricciones de la temporada 2026–2027.
Ilustración generada con IA. No es una fotografía documental.
